Ayudas directas u ocasionales

Ayudas directas u ocasionales

Son aquellas ayudas económicas que se dan de manera ocasional y directa tanto a personas físicas en calidad de jóvenes estudiantes, como a aquellas instituciones no gubernamentales para la organización de eventos en pro del desarrollo juvenil.

¿A quién va dirigido?

Jóvenes que evidencien la necesidad de la ayuda. Organizaciones no gubernamentales que lo soliciten.

Unidad Responsable del Servicio

Despacho del Ministro.

Responsable

Comité evaluador de ayudas.

Base Legal del Servicio

Ley General de la Juventud 49-00.

Procedimiento para adquirir el servicio

El joven o representante de la Institución se acerca a la recepción de la institución y comunica su intención de solicitar Ayuda Directa a fin de que se le entregue un formulario. El formulario debe ser llenado y entregado con los documentos correspondientes. El expediente se evalúa tanto por un Comité Evaluador de Ayudas como por Maxima Autoridad Ejecutiva, para posteriormente darle respuesta a la misma.

Requerimientos (Documentos, Formularios)

Formulario para recepción de ayudas Carta a el Ministro Copia de Cédula (en su defecto de la persona responsable de la organización) Desglose del Presupuesto (Cuando se requiera, y en caso de organizaciones obligatorio) Evidencia del motivo de la solicitud (Diagnostico Médico, Pensum Académico, Propuesta Técnica).

Costo del Servicio

Gratuito.

Donde conseguir este servicio

Solicitar via correo electrónico [email protected] o via telefónica (809) 508 7227.

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